Hace un tiempo que se vienen sucediendo varios aumentos en las tarifas de electricidad debido a los diferentes reajustes que se autorizaron.
En esta ocasión el Ministerio de Economía de la Nación a través de la Secretaría de Energía aprobó el pasado 29/04/23, por medio de la resolución 323/2023, el programa estacional de invierno para el mercado eléctrico mayorista.
Esto responde al pedido realizado por la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA). y será aplicable al período comprendido entre el 1º de Mayo y el 31 de Octubre de 2023.
Lo más destacado de esta modificación de precios está basado principalmente en la quita de subsidios para los usuarios residenciales Nivel 1.
Asimismo, es conveniente aclarar que esta variación en la tarifa, no aplica en el ingreso del sector distribución al cual pertenece nuestra Cooperativa.
En este sentido la Asociación de Distribuidores de Energía Eléctrica de la República Argentina (ADEERA) amplió la información referida a todo este tema:
“La próxima quita total de subsidios para los usuarios residenciales Nivel 1
que determina la Resolución de la Secretaría de Energía
323/2023 publicada el 2 de mayo no incide en el ingreso del sector distribución sino
que aplica exclusivamente al precio mayorista de la energía, que es un componente de
la factura que pagan los usuarios.
Esta normativa no influye en la actividad específica de la distribución de energía
ya que la única parte de la tarifa que corresponde al distribuidor, denominado Valor
Agregado de Distribución - VAD-, no se modifica.
En Argentina, aproximadamente el 29% de lo recaudado por las facturas representan
los recursos del distribuidor, que se destinan al pago de salarios, mantenimiento,
compra de materiales e insumos y planes de inversión, entre otros. Por su parte, el
41% del precio corresponde a la energía mayorista y el restante 30% son impuestos.
La resolución también modificó los precios y los porcentajes de subsidios para los
grandes usuarios, como industrias y comercios. El aumento se verá reflejado en los
trimestres comprendidos entre el 1° de mayo y el 31 de octubre de 2023”.