A partir de este lunes tres de octubre se renueva el cupo mensual para la compra de los USD 200 que los ahorristas minoristas pueden adquirir a través de sus bancos. Ocurre en días en el que el mercado cerró una semana con fuertes bajas, tras una tensión cambiaria que acumuló casi un mes.
La cotización se ubica en $254,51 y se negocia unos $33,49 por debajo del blue, que cotiza a $288 en el mercado informal. Si se contrasta con los financieros, que son legales y tienen poca restricciones, la diferencia se ensancha más en el Contado con Liqui que opera arriba de los $310. Frente al MEP, la diferencia es superior a los $44.
El dólar ahorro se puede conseguir a través del Home Banking o a través de las sucursales bancarias. Sin embargo, no todos pueden acceder, y cabe recordar que los beneficiarios del subsidio a la luz y el gas no estarán habilitados para comprar.
Restricciones para la compra de dólar ahorro
Los que compraron dólar MEP o CCL en los últimos 90 días
Los que cobraron su último salario a través del programa de Asistencia a la Producción y el Trabajo (ATP)
Los que cobraron planes sociales
Monotributistas que tengan en curso créditos a tasa subsidiada
Quienes no tienen sus ingresos declarados para evitar compras con dinero en negro o elusiones al cupo de USD 200 mediante adquisiciones a través de terceros
Cotitulares de cuentas bancarias
Individuos que gastaron con tarjeta su cupo de USD 200 (incluye, por ejemplo, el pago de Netflix o Spotify en dólares)
Personas que tengan un plan de pago a 12 cuotas por deudas con tarjeta de crédito
Aquellos que refinanciaron con bancos sus deudas por créditos personales, prendarios o hipotecarios
Personas beneficiadas por el Refuerzo de Ingresos
Quienes deseen acceder a la compra del dólar ahorro y no se encuentren dentro del grupo afectado por las nuevas condiciones del cepo, podrán verificar la habilitación por medio de la Certificación Negativa de Anses.
Dólar tarjeta: quiénes no sufren percepciones por la compra de servicios en el exterior
Las entidades exentas de impuestos por leyes nacionales
Las sociedades cooperativas
Las instituciones religiosas
Las asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual
Las entidades mutualistas
Las asociaciones deportivas y de cultura física
Las instituciones internacionales sin fines de lucro, con personería jurídica, con sede central establecida en la República Argentina