Nuevamente recordamos a los usuarios del servicio de agua potable, la obligatoriedad de contar con un tanque de reserva en el propio domicilio donde llega el servicio.
El uso responsable del agua por parte de todos, abarca no solo controlar cómo la consumimos, sino también velar porque sus propiedades se mantengan en todo el proceso que va desde su almacenamiento en el tanque general, hasta que llega al grifo de nuestros hogares.
Por supuesto que en la mayor parte del proceso la principal y única responsabilidad es la de esta Cooperativa como prestadores del servicio.
Sin embargo, como el recorrido del fluido tiene una extensión considerable desde nuestra cisterna hasta que ingresa al domicilio del usuario, el tanque de reserva en la propiedad oficia como último filtro preventivo para mantener la cristalinidad del agua, ante cualquier eventualidad particular que pueda acontecer en alguna parte de su trayecto.
Por ejemplo, cuando se rompe un caño, luego de los trabajos de reparación, es normal que al reponer el servicio, el fluido presente algunas partículas de polvo, producto casi inevitable de las tareas realizadas. Por ello, al contar con un tanque de reserva en el domicilio, la mayoría de esas partículas quedan en el fondo como sedimento y no pasan a los conductos de la casa. Con solo dejar correr el agua unos minutos, ya el servicio queda regularizado.
Mantener la salubridad del agua que consumimos cada uno de nosotros y nuestras familias, en mayor y menor medida, es responsabilidad de todos. Cumplamos con la parte que nos toca a cada uno.
Algunas consideraciones que se deberá tener en cuenta al momento de la instalación del tanque son:
1- La capacidad de la cisterna deberá ser como mínimo el equivalente al consumo de dos (2) días del inmueble.
2- La entrada al tanque de reserva deberá estar provista de un dispositivo automático para impedir que el agua pueda desbordar.
3- Los tanques de reserva, deberán ser de un material que no pueda afectar la calidad del agua. En todos los casos deberán estar herméticamente cerrados y la ventilación se podrá hacer mediante un caño de diámetro inferior a 1” ubicado en la parte superior curvado hacia abajo, en su extremo libre y resguardado con una tela metálica en dicho extremo.
4- Cuando el tanque de reserva este situado a menos de 7 mts. de altura, podrá ser alimentado directamente desde la conexión, con el intercalado de la llave de paso y de un sistema de corte por flotante de alta presión instalado en el tanque. Si la ubicación de éste supera la altura de los 7 mts. deberá ser alimentado por bombeo interno desde un depósito o Cisterna ubicado a menos de 7 mts.
Destacamos que no está permitido la instalación directa de una bomba a la red, para elevar al tanque.
En todos los casos deberá utilizarse para la conexión e instalaciones internas materiales certificados por IRAM o un Certificador habilitado al efecto. Queda prohibida la conexión directa a pileta de cocina, termotanques, etc.